En decisión unánime, el Consejo Administrativo de Recursos Fiscales (Carf) reconoció el derecho de la multinacional de bebidas a excluir el ICMS de la base de cálculo de las contribuciones al PIS y la Cofins, incluso bajo el régimen especial de tributación de bebidas frías. Esta decisión, formalizada en la Sentencia nº 3302-014.106, representa un hito importante para empresas de diversos sectores que operan bajo regímenes especiales de tributación, incluyendo el sector bioenergético en las operaciones con etanol.
La relatora del caso, Mariel Orsi Gameiro, destacó que el concepto de ingreso o facturación no debe estar limitado por la forma de tributación. Se afirma que hay inclusión del ICMS, y que la forma en que se realiza el cálculo para ello es mediante el coeficiente de las tasas de PIS y Cofins, que influirán en el valor a ser exigido por las contribuciones, según la unidad de litro, afirmó Gameiro. Ella enfatizó que la adopción del régimen especial, basado en la medición por unidad de litro y precios medios de mercado, no desconfigura el concepto constitucional de ingreso y facturación, según la jurisprudencia establecida por la Corte Suprema de Justicia (STF) en el RE 574.706.
Otávio Massa, especialista en impuestos del Instituto Federal de Rio Grande do Sul (IFRS) y CEO de Evoinc, comentó sobre la importancia de la decisión: “Con la aprobación de Carf en este tema, la exclusión del ICMS del PIS/Cofins en las transacciones gravadas a las alícuotas ad rem ahora tiene mayor seguridad jurídica. Tanto la Receita Federal (RFB) como el Poder Judicial de Brasil han emitido decisiones erróneas sobre el tema, generando miedo e inseguridad entre los contribuyentes. “Era una decisión que estábamos esperando”.
La decisión del Carf también criticó la Solución de Consulta nº 177 de la Cosit, fechada el 31 de mayo de 2019, que había sido utilizada como base para la sanción fiscal. De acuerdo con la sentencia, esta consulta de solución, inicialmente aplicada al sector de combustibles, ha sido impugnada judicialmente por un entendimiento técnico equivocado, según otras decisiones judiciales de primera instancia.
Para la multinacional de bebidas, la decisión asegura un ahorro de miles de millones en los valores pagados en concepto de PIS/Cofins, ilustrando cómo una asesoría tributaria eficiente puede identificar oportunidades de optimización fiscal, garantizando mayor sostenibilidad financiera y competitividad para sus clientes. Esta decisión del Carf establece un precedente importante para el sector de bebidas y otras industrias sometidas a regímenes especiales de tributación, consolidando una interpretación más justa y alineada con los principios constitucionales», afirmó Massa.
La repercusión de esta decisión es amplia y puede beneficiar a numerosas empresas que operan bajo regímenes especiales de tributación. Otávio Massa aconseja que otras empresas interesadas en buscar este derecho deben primero realizar un análisis detallado de sus operaciones fiscales y, a continuación, presentar acciones judiciales o recursos administrativos. Recomiendo que las empresas consulten a sus departamentos jurídicos y tributarios para evaluar la viabilidad de solicitar la exclusión del ICMS de la base de cálculo del PIS/Cofins. Este precedente del Carf fortalece el argumentación jurídica y aumenta las posibilidades de éxito en los tribunales, concluyó Massa.
Las repercusiones de este caso pueden influir en futuras decisiones administrativas y judiciales, proporcionando mayor claridad y seguridad jurídica a las empresas brasileñas en relación a la tributación de sus ingresos y operaciones comerciales.
Fonte: Otávio Massa, tributarista com especialização no Instituto Federal do Rio Grande do Sul (IFRS) e CEO da Evoinc.