El 1 de enero de 2025 entró en vigor la Instrucción Normativa 2219/2024 de la Secretaría de Ingresos Federales, que determina que las instituciones financieras y los operadores de tarjetas de crédito estarán obligados a informar semestralmente las transacciones de sus clientes cuando el movimiento supere los R$ 5.000, en el caso de personas físicas (PF); o R$ 15 mil, en el caso de personas jurídicas (PJ).
Estas nuevas reglas se aplican tanto a los datos de las tarjetas de crédito como a las transacciones realizadas a través de Pix.
La Receita Federal informa que las nuevas medidas tienen como objetivo reforzar los compromisos internacionales de Brasil y combatir la evasión fiscal, promoviendo la transparencia en las operaciones financieras globales.
Edna Dias, abogada especialista en Derecho Tributario, comenta sobre esta nueva norma: “es importante señalar que, en caso de superarse alguno de los límites establecidos en la norma, las entidades deberán informar mensualmente todos los saldos anuales y demás importes globales movidos, aunque la suma mensual de estos sea inferior a los límites antes mencionados”, explica.
Un caso que merece atención, se refiere a los profesionales liberales. Abogados, médicos, psicólogos, fisioterapeutas, entre outros, deben estar atentos a esta nueva regla. Edna también explica este punto: “Un psicólogo, por ejemplo, que realiza consultas particulares que le generan más de R$ 5 mil al mes, recibidos de los clientes vía PIX, deberá emitir recibos e informar esos valores en la declaración del Impuesto sobre la Renta, ya que este monto será reportado por la institución financiera a la Receita Federal. Si los valores no coinciden, el organismo podrá notar la discrepancia de información y multarlo”, dice Edna.
Los autónomos, trabajadores por cuenta propia y emprendedores también deberán conocer esta nueva norma, ya que tendrán que declarar en su renta las ganancias que hayan obtenido.
Es importante aclarar que el cambio en la norma no implica ningún tipo de aumento de tributación o impuesto adicional, pero sí significa que el IRS estará más atento a este tipo de movimientos.
“Omitir información puede llevar al contribuyente a caer en la malla fina, lo que implica pagar multas e incluso delitos más graves, como la evasión fiscal, por ejemplo”, advierte Edna.
Vale recordar que quienes hayan recibido ingresos tributables superiores a R$ 2.259,21 por mes en 2024 deben declarar esos valores en el Impuesto sobre la Renta este año. Ingresos recibidos como persona física, pueden ser incluidos en el campo "rendimientos de otras fuentes".
Para los profesionales autónomos, una opción es pagar el carnê-leão: “los trabajadores que reciben ingresos superiores a R$ 2.112,00 al mes de otras personas pueden optar por el carnê-leão y tributar sobre sus ganancias mensualmente”, aconseja el especialista.