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Gastos de fin de año: ¿cómo deben organizarse las empresas para afrontar sus obligaciones?

Octubre está terminando y las empresas comienzan a prepararse para el fin del ciclo anual, período que varía según el sector de actividad. El Consejo Federal de Contabilidad (CFC) destaca la importancia de una planificación cuidadosa para evitar contratiempos y costos adicionales.

Según la contadora Angela Dantas, consejera del CFC, además de las actividades contables rutinarias, como el cierre de la nómina de las empresas, es necesario calcular correctamente los beneficios y plazos.

"Entre las principales obligaciones están el pago del 13º salario, la ejecución del Programa de Participación en las Ganancias y Resultados (PPLR) y la preparación de los Informes de Rendimientos de los empleados, que deben estar listos con anticipación respecto a la fecha prevista para su uso", advierte.

La consejera también recuerda que una de las obligaciones fundamentales es el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Jurídicas (IRPJ) y la Contribución Social sobre la Ganancia Líquida (CSLL), que pueden ser calculados mensualmente, trimestralmente o anualmente. En el caso de empresas que optan por el régimen de lucro real, el cálculo debe completarse hasta el último día del año calendario, 31 de diciembre.

“El no pago de estos impuestos puede acarrear multas de entre el 2% y el 20%, dependiendo de la utilidad declarada, además de decisiones por errores en el suministro de información”, afirma.

Otro punto relevante es el análisis de los estados financieros para asegurar que el cierre del balance, previsto para el 31 de diciembre de 2024, se realice de manera precisa, con la conciliación de las cuentas patrimoniales y la correcta distribución de utilidades, si las hubiera.

La CFC enumera tres compromisos esenciales para el último trimestre, que deberán cumplirse dentro del plazo:

vacaciones colectivas

  • Término:La comunicación deberá realizarse hasta 15 días antes del inicio de las vacaciones colectivas.
  • Obligaciones:notificar a la Oficina Regional del Trabajo (DRT), informar al sindicato y a los empleados y organizar los pagos.
  • Castigo:Los errores en el proceso podrán acarrear multas para cada trabajador en situación irregular y una compensación correspondiente al salario de vacaciones, conforme a la Constitución Federal.

13º salario

  • Término:La primera cuota deberá pagarse antes del 30 de noviembre y la segunda antes del 20 de diciembre.
  • Castigo:El incumplimiento puede dar lugar a multas aplicadas por el Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE) y demandas laborales interpuestas por los trabajadores.

Programa de Participación en las Utilidades (PPLR)

  • Término:El pago del PPLR se determina mediante convenio colectivo y debe realizarse en hasta dos cuotas anuales, con un máximo de tres meses entre ellas.
  • Castigo:El incumplimiento del pago del PPLR según lo acordado puede dar lugar a acciones legales individuales o colectivas.

Las responsabilidades para cumplir con estas obligaciones se dividen entre los departamentos de Contabilidad y Recursos Humanos, que deben gestionar estratégicamente estos procesos y mantener la motivación y la participación de los empleados.

“El final del año es una época de mucha actividad para los contadores, especialmente con la organización de las vacaciones colectivas y el pago del 13º salario. “Un error puede tener implicaciones importantes, afectando la relación entre la empresa y el empleado”, concluye el asesor.

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