ComenzarNoticiasLegislación99Food puede ser responsabilizada judicialmente en caso de incumplimiento de ofertas, señala especialista

99Food puede ser responsabilizada judicialmente en caso de incumplimiento de ofertas, señala especialista

La llegada de 99Food a São Paulo movilizó el sector de entregas con una campaña de gran impacto, que incluye cupones de R$ 99, entregas gratuitas e incentivos agresivos para atraer a consumidores, restaurantes y repartidores.

Con un perfil que remite aMarketing de Guerrilla- que consiste en una estrategia creativa que busca causar un gran impacto en el público mediante acciones inesperadas o incluso provocativas – el estreno del servicio de delivery en São Paulo incluso contó con un Taxímetro Urbano, haciendo referencia a iFood, su competidor directo.

Ante el volumen de beneficios anunciados, surgen dudas sobre los límites legales de estas prácticas y la posibilidad de responsabilización de la empresa en caso de incumplimiento de las ofertas. Según el abogadoPaulo Bonilha, socio de Ambiel Bonilha Advogados y especialista en Derecho del Consumidor EmpresarialLas empresas deben tener cautela al difundir promociones de este tamaño. “El Código de Defensa del Consumidor, en su artículo 31, establece la obligatoriedad de que la oferta sea difundida de forma correcta y clara, de modo que, si no cumple con estos requisitos, el proveedor puede ser responsabilizado, incluso en lo que respecta a la obligatoriedad de su cumplimiento. Es decir, el proveedor estará obligado a cumplir la oferta en la forma en que fue difundida, sin importar una eventual intención contraria de su parte. Es el principio de obligatoriedad de la oferta”, explica.

En el caso de las entregas gratuitas, también es necesario prestar una atención especial a la forma de divulgación. Según Bonilha, "la empresa solo puede restringir la oferta si dicha situación está claramente especificada en su presentación". Eso significa que condiciones ocultas o poco transparentes pueden constituir una práctica abusiva hacia el consumidor.

Las responsabilidades también se extienden a la fijación de precios anunciada en las aplicaciones. “99Food puede, en estas situaciones, incluso estar obligada a cumplir la oferta en la forma publicada. Tal situación solo no se observaría en el caso de error grosero”, afirma el especialista, al comentar sobre posibles divergencias entre los valores divulgados y los efectivamente cobrados.

En lo que respecta a daños morales o colectivos derivados de posibles frustraciones de las expectativas de los consumidores, el análisis es más restrictivo. No me parece que, en el contexto actual, el Ministerio Público seguiría con una demanda de esta naturaleza. Esto ocurriría solo en la hipótesis de una situación de daño extremo al consumidor, cuya práctica se haya llevado a cabo de forma reiterada, lo cual no podemos vislumbrar en este momento, evalúa el abogado.

La entrada de 99Food en el mercado paulista señala una competencia acérrima en el sector de aplicaciones de entrega. Sin embargo, los especialistas advierten que la sostenibilidad de estas campañas dependerá no solo de la estrategia comercial, sino también del cumplimiento riguroso del Código de Defensa del Consumidor, que garantiza transparencia, claridad y cumplimiento de las ofertas anunciadas.

Fuente

Paulo Bonilha – socio de Ambiel Bonilha Abogados y especialista en Derecho del Consumidor Empresarial. Posgraduado en Derecho por CEU Law School. Actuación especializada en Metrología Legal y procedimientos junto al CONAR.

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