Recientemente, el Supremo Tribunal Federal (STF) tomó una importante decisión que altera la aplicación de las multas punitivas, abarcando los casos de evasión fiscal, fraude o colusión. Antes, la Receita Federal, Estados, Distrito Federal y Municipio cobraban multas exorbitantes, muchas de ellas calculadas sobre el valor de las operaciones, superando el 150% sobre el valor de la deuda tributaria, lo que a menudo era criticado por su efecto confiscatorio.
Con la nueva decisión, el límite para estas multas se fijó en el 100% del valor del tributo exigido, siendo permitido el aumento al 150% solo en casos de reincidencia.
¿Qué es la multa punitiva?
La multa punitiva o de oficio es una penalidad aplicada por las haciendas, federal, estatal, distrital o municipal a las personas físicas o jurídicas que incumplen, voluntaria o involuntariamente, las normas que las obligan a recaudar tributos
Estos casos son tratados con rigor por la legislación tributaria brasileña, con multas que hasta entonces se calculaban sobre diversas bases, superando, en mucho, el porcentaje de 1050% del valor del tributo debido.
Esta penalidad severa generó muchos debates en el Poder Judicial, una vez que, en muchos casos, el valor superaba el monto de la deuda original, lo que configuraba confiscación — prohibido por la Constitución Federal.
En octubre de 2024, el STF decidió, por unanimidad, que las multas punitivas deben ser limitadas al 100% del valor de la deuda tributaria. La excepción ocurre solo en casos de reincidencia, en los cuales la penalización podrá llegar al 150%. La decisión se basa en el principio constitucional de que los tributos, multas inclusivas, no pueden tener carácter confiscatorio (art. 150, IV, de la Constitución.
Por ejemplo, una empresa fue multada en 150% de una deuda tributaria de R$ 100.000. Antes de la decisión, la multa totalizaba R$ 150.000. Con la nueva regla, esta multa ahora será limitada a R$ 100.000.
Esta modificación garantiza que las sanciones tributarias sean proporcionales y no impongan al contribuyente una carga excesiva, respetando los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
Quién puede solicitar la restitución
Una de las consecuencias más inmediatas de esta decisión es la posibilidad de restitución de los valores pagados en exceso. Contribuyentes que fueron multados en porcentajes superiores al 100% entre diciembre de 2023 y octubre de 2024, antes de la decisión del STF, podrán solicitar la devolución del importe excedente.
Si una pequeña empresa de comercio, con una deuda de R$ 50.000, fue multada en R$ 75.000 (150%), la multa ahora se reducirá a R$ 50.000. Esto permite que la empresa continúe operando e invirtiendo en su negocio sin el peso de una penalización exorbitante.
Cómo la decisión interfiere en las penalidades fiscales en el futuro
La decisión del STF establece un nuevo parámetro para las multas tributarias, creando mayor previsibilidad para los contribuyentes. Al limitar la multa al 100% y elevarla al 150% solo en casos de reincidencia, el STF garantiza que la sanción siga siendo un mecanismo eficaz contra la morosidad,sin, sin embargo, comprometer de forma desproporcionada el patrimonio de los contribuyentes.
Si una empresa ya ha sido multada anteriormente, y, tras una nueva violación, enfrenta una multa del 150% sobre un monto de R$ 120.000, la nueva penalidad será de R$ 180.000. Aunque la reincidencia aún conlleva penas severas, ahora hay un criterio claro para su aplicación.
Con esta nueva decisión, las multas y los efectos del confiscamiento dejan de existir?
La principal crítica a la multa del 150% era su efecto confiscatorio. Cuando el valor de la multa superaba el doble de la deuda tributaria original, esto generaba una carga financiera extremadamente alta para las empresas y personas físicas multadas, volviendo, muchas veces, impagable la deuda.
Esta penalidad desproporcionada podría inviabilizar la operación de muchas empresas, principalmente las de menor tamaño, además de desmotivar el pago voluntario de tributos.
Con la decisión del STF, el problema del efecto confiscatorio de las multas por evasión fiscal se anula. La nueva regla asegura que las multas tengan un carácter punitivo, pero dentro de los límites de la proporcionalidad, incentivando el cumplimiento de la legislación tributaria sin penalizar de forma exagerada a los contribuyentes.
Qué cambios deben adoptarse a partir de la nueva decisión
Ante estos cambios, es esencial que las empresas y los contribuyentes adopten estrategias de cumplimiento fiscal para evitar multas y sanciones severas.
Esto incluye la correcta determinación de tributos, la prestación de información precisa a la Receita Federal y la adopción de prácticas contables y fiscales que estén en conformidad con la legislación.
La reducción de las multas al 100% del valor adeudado hace aún más ventajoso para las empresas mantenerse al día con sus obligaciones fiscales, ya que el costo de una eventual penalización será más predecible y menos oneroso.
Conclusión
La decisión del STF de limitar la multa por evasión fiscal al 100% representa un avance importante en la defensa de los derechos de los contribuyentes. Al garantizar que las penalizaciones sean proporcionales y no excedan el límite de lo razonable, el STF refuerza el respeto al principio de la prohibición del confiscamiento.
Además de eso, la posibilidad de restitución para aquellos que fueron multados más allá de este límite entre diciembre de 2023 y octubre de 2024 ofrece una oportunidad de alivio financiero y corrección de penalidades excesivas.
Tatiana Vikanis es socia de Vikanis & Ricca Abogados y especialista en Derecho Tributario por el IBET. Tiene una actuación centrada en el contencioso administrativo y judicial tributario relacionado con tributos directos e indirectos, además de prestar consultoría tributaria y actuar en el segmento de Derecho Previsional
Eduardo Ricca es tributarista y socio de Vikanis & Ricca Abogados. Está especializado en Derecho Tributario por el IBDT y tiene una actuación centrada en el contencioso administrativo y judicial relacionado con tributos directos e indirectos, además del área previsional